5.6.1.11  Desahogo de pruebas.

Desahogo de pruebas. Se deben unificar criterios respecto de los aspectos que se deben observar sobre todo durante la secuela procesal, y de manera especial en el desahogo de pruebas, ya que de manera sistemática se ha generado un gran problema que se ha suscitado especialmente en la Junta Local de Mexicali, y sus Juntas Especiales, cuando programan un desahogo de pruebas en más de un día, (un solo asunto se agenda a veces entre nueve a dieciséis días para desahogar pruebas), lo que no es posible, y denota una actitud indebida de parte del tribunal de programar, en más de un día el desahogo de pruebas, es injusto para los abogados de Mexicali, como también lo es para los litigantes que vienen de otra ciudad del estado o del país. Un desahogo de pruebas de esta naturaleza, en otra ciudad como Tijuana o Ensenada, normalmente se realiza en un solo día y máximo dos días, porque se realiza en forma continua y periódica, lo mismo sucede en otras entidades del país, incluyendo el Distrito Federal.